Dictamen : 023 - del 14/02/2023
14 de febrero del 2023
PGR-C-023-2023
Señor
José Bernardino Rojas Méndez
Alcalde
Municipalidad de Buenos Aires
Estimado señor:
Con la aprobación de la
Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora General Adjunta de la República, nos referimos al oficio AMBA-160-2022 de
fecha 01 de abril del 2022, por medio del cual solicita el criterio de la Procuraduría General, en
relación con la siguiente interrogante:
“¿Se debe reconocer el derecho a vacaciones conforme a las reglas
dispuestas en el numeral 155 inciso e) del Código Municipal, a funcionarios
contratados interinamente por más de un año, o se deben regular por lo que
disponga el derecho laboral común?”
I.- SOBRE LOS
ANTECEDENTES:
En cumplimiento de lo dispuesto en el ordinal 4 de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de la República, el oficio AMBA-160-2022 de
fecha 01 de abril del 2022, se acompaña del
criterio jurídico AJMBA-54-2022 del 30 de marzo del 2022, suscrito
por el señor Johnny Vidal Atencio, en su condición de asesor legal de la Municipalidad
de Buenos Aires, el cual luego de analizar los artículos 126, 127 y 155 del
Código Municipal, la resolución N° 5026 de las 11:27 horas del 08 de octubre de 1993 de la
Sala Constitucional y una resolución sin identificar de la Sala
Segunda de la Corte Suprema de Justicia, concluyó:
“Una vez analizado lo
recién transcrito, es criterio de esta asesoría, que para el caso de los
funcionarios municipales que, bajo nombramiento interino, superen de manera
continua el plazo razonable de un año de prestar servicio en la institución, es
necesario se les reconozca el derecho a vacaciones en igualdad de condiciones
de los funcionarios municipales en propiedad, y no de conformidad con el
derecho laboral común, toda vez que realizar lo contrario estaría disfrazando
un proceder arbitrario por parte de la Administración, al enervar el acceso a
un beneficio que en principio debería de aplicarse en igualdad de condiciones a
todos los servidores que superen el tiempo ya provisto por el alto tribunal
constitucional”.
II.- SOBRE LO
CONSULTADO:
Analizada la presente consulta, se
desprende que la misma resulta similar a la realizada por esa misma
Municipalidad, mediante el oficio AMBA-147-2022 de fecha 23 de marzo del 2022,
código interno 6610-2022, por lo cual esta Procuraduría procede a remitir al
consultante al dictamen PGR-C-022-2023 del 14 de febrero del 2023, de
conformidad con el cual se dio respuesta a la interrogante planteada y se
concluyó lo siguiente: “En suma, con fundamento en lo expuesto, este órgano
consultivo concluye que, en el supuesto consultado, resulta procedente el
reconocimiento del derecho a vacaciones conforme a las reglas dispuestas en el
numeral 155 inciso e) del Código Municipal, siempre y cuando se interprete el
ordinal 127 del Código Municipal, en los términos definidos en este dictamen[1]”.
III.- CONCLUSIÓN:
Por resultar la
presente consulta similar a la planteada por la Municipalidad de Buenos Aires
en el oficio AMBA-147-2022 del 23 de marzo del 2022, código interno 6610-2022, esta Procuraduría remite al señor consultante al dictamen PGR-C-022-2023
del 14 de febrero del 2023.
Cordialmente.
Yansi Arias Valverde
Procuradora
Adjunta
Dirección de
la Función Pública
YAV/EVC/hcm
[1] Para consultar el texto completo del dictamen
PGR-C-022-2023
del 14 de febrero del 2023, se puede ingresar a nuestra página web: http://www.pgrweb.go.cr/scij/.
PGR-C-023-2023
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES. FUNCIONARIOS INTERINOS. VACACIONES
PROGRESIVAS. ARTÍCULOS 155 INCISO E) del código Municipal. interpretación
conforme a la Constitución del numeral 127 DEL mismo cuerpo normativo.
Por medio del oficio N° AMBA-160-2022 de
fecha 01 de abril del 2022, suscrito por el señor José
Bernardino Rojas Méndez, Alcalde de la Municipalidad de Buenos Aires, se
solicita el criterio de la Procuraduría General, en relación con la siguiente
interrogante:
“¿Se debe reconocer el derecho a vacaciones
conforme a las reglas dispuestas en el numeral 155 inciso e) del Código
Municipal, a funcionarios contratados interinamente por más de un año, o se
deben regular por lo que disponga el derecho laboral común?”
Con la aprobación de la Doctora Magda Inés Rojas
Chaves, Procuradora General Adjunta, se emitió el
dictamen PGR-C-023-2023 del
14 de febrero del 2023, suscrito por la Licda. Yansi
Arias Valverde, Procuradora Adjunta, mediante el cual se concluyó:
“Por resultar la presente consulta similar a la planteada
por la Municipalidad de Buenos Aires en el oficio AMBA-147-2022 del 23 de marzo
del 2022, código interno 6610-2022, esta
Procuraduría remite al señor consultante al dictamen PGR-C-022-2023 del
14 de febrero del 2023”.