Dictamen : 046 - del 20/02/2019
20 de febrero de 2019
C-46-2019
Señora
Yorleni Jiménez
Chacón
Viceministra Administrativa
Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto
Estimada señora:
Con la aprobación del Procurador General de la
República, doy respuesta a su oficio No. DVMA-087-2019 de 12 de febrero de
2019, en el cual requiere nuestro criterio “en
relación con la existencia o no de impedimento legal, para la postulación de un
Diputado o Diputada de la República, para ocupar un puesto vacante en el
Consejo Directivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA);
asimismo favor referirse a si ese mismo criterio resulta de aplicación en caso
de que el candidato o candidata ostente el cargo de Presidente de la Asamblea
Legislativa.”
La presente consulta es muy similar a la planteada por
el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto mediante oficio No.
DM-042-2019 de 21 de enero de 2019, que fue declarada inadmisible en el
dictamen No. C-21-2019 por referirse a la situación concreta de una persona
particular y por no adjuntarse el criterio legal sobre el punto consultado.
Si bien es cierto, en esta ocasión
la consulta se plantea en términos generales, sin hacer referencia a un
diputado particular, el criterio legal que se adjunta fue emitido
específicamente para determinar si existía o no un impedimento legal para que
la señora presidenta de la Asamblea Legislativa pudiera ser nominada como
miembro del Consejo Directivo del Centro de Estudios de Justicia de las
Américas.
Es decir, pese a que la consulta no
hace referencia a un caso particular, el criterio legal sí expone la condición personal de la
señora presidenta de la Asamblea Legislativa. Por tanto, de dar respuesta a su
consulta con el criterio legal que la acompaña, estaríamos refiriéndonos
indirectamente a esa situación concreta, lo cual, como ya se advirtió en el
dictamen No. C-21-2019, escapa a nuestra función consultiva.
Por
lo expuesto, su consulta resulta inadmisible y, lamentablemente, nos encontramos imposibilitados para
emitir el criterio requerido.
De Usted, atentamente,
Elizabeth León Rodríguez
Procuradora
C-046-2019
C-046-2019
INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. NO SE ADJUNTA CRITERIO
LEGAL.
La
señora Yorleni Jiménez Chacón, Viceministra
Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere nuestro
criterio “en relación con la existencia o
no de impedimento legal, para la postulación de un Diputado o Diputada de la
República, para ocupar un puesto vacante en el Consejo Directivo del Centro de
Estudios de Justicia de las Américas (CEJA); asimismo favor referirse a si ese
mismo criterio resulta de aplicación en caso de que el candidato o candidata
ostente el cargo de Presidente de la Asamblea Legislativa.”
Esta
Procuraduría, en dictamen No. C-46-2019 de 20 de febrero de 2019, suscrito por
la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:
La
consulta resulta inadmisible porque:
Si
bien es cierto, en esta ocasión la consulta se plantea en términos generales,
el criterio legal que se adjunta fue emitido específicamente para determinar si
existía o no un impedimento legal para que la señora presidenta de la Asamblea
Legislativa pudiera ser nominada como miembro del Consejo Directivo del
Centro de Estudios de Justicia de las Américas.
Es
decir, pese a que la consulta no hace referencia a un caso particular, el
criterio legal sí expone la condición personal
de la señora presidenta de la Asamblea Legislativa. Por tanto, de dar respuesta
a su consulta con el criterio legal que la acompaña, estaríamos refiriéndonos
indirectamente a esa situación concreta, lo cual, como ya se advirtió en el
dictamen No. C-21-2019, escapa a nuestra función consultiva.