Dictamen : 028 - del 05/02/2019
5 de
febrero de 2019
C-28-2019
Señora
Liseth Vega
López
Secretaria del
Concejo
Municipalidad de
Upala
Estimada señora:
Con la aprobación del Procurador
General de la República, doy respuesta a su oficio No. SCMU-151-2019-0008-01 de
31 de enero de 2019, mediante el cual transcribe el artículo 3° del capítulo V,
del Acta No. 151-2019, en el que consta el acuerdo del Concejo Municipal en el
que se reitera la consulta planteada con anterioridad relacionada con los
requisitos y condiciones de algunos nombramientos, y que fue declarada
inadmisible mediante el dictamen No. C-014-2019 de 21 de enero de 2019.
Pese a que en esta
ocasión se adjunta el acuerdo del Concejo en el que se formulan las
interrogantes y se adjunta un criterio de la asesoría legal, lo cierto es que
dicho informe solo responde una de las tres preguntas que finalmente se nos
consultan, y, por tanto, dicho criterio no cumple los requisitos exigidos por
el artículo 4° de nuestra Ley Orgánica y la jurisprudencia administrativa
desarrollada al efecto.
Debe
recordarse, tal y como se hizo en el dictamen C-014-2019, que el criterio legal
que debe adjuntarse a las consultas, debe ser un
análisis jurídico detallado sobre todos los puntos que se someten a
nuestra consideración; que éste tiene como finalidad poder determinar si
después de haberse estudiado y discutido el asunto a nivel interno, persiste la
necesidad de requerir nuestro pronunciamiento vinculante; y que dicho informe
debe emitirse específicamente para aclarar las dudas sobre las cuales
finalmente se nos consulta. (En el mismo sentido véanse los dictámenes Nos.
C-061-2018 de 3 de abril de 2018, C-145-2018 de 19 de junio de 2018 y C-205-2018
de 23 de agosto de 2018).
Por lo expuesto, lamentablemente, la consulta es
inadmisible y nos encontramos imposibilitados para emitir el dictamen
requerido. La consulta puede ser admitida si se plantea nuevamente, adjuntando
un criterio legal que cumpla con los requisitos expuestos.
De Usted, atentamente,
Elizabeth León Rodríguez
Procuradora
C-028-2019
INADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS. CRITERIO LEGAL NO
RESPONDE TODAS LAS CONSULTAS PLANTEADAS.
La señora Liseth
Vega López, Secretaria del Concejo de la Municipalidad de Upala, remite acuerdo del Concejo Municipal en el
que se reitera la consulta planteada con anterioridad relacionada con los
requisitos y condiciones de algunos nombramientos, y que fue declarada
inadmisible mediante el dictamen No. C-014-2019 de 21 de enero de 2019.
Esta
Procuraduría, en dictamen No. C-028-2019 de 5 de febrero de 2019, suscrito por
la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:
La
consulta resulta inadmisible porque:
El
criterio legal adjunto solo responde una de las tres preguntas que finalmente
se nos consultan, y, por tanto, dicho criterio no cumple los requisitos
exigidos por el artículo 4° de nuestra Ley Orgánica y la jurisprudencia
administrativa desarrollada al efecto.
Se
recuerda que el criterio legal que debe adjuntarse a las consultas, debe ser un
análisis jurídico detallado sobre todos los puntos que se someten a nuestra
consideración; que éste tiene como finalidad poder determinar si después de
haberse estudiado y discutido el asunto a nivel interno, persiste la necesidad
de requerir nuestro pronunciamiento vinculante; y que dicho informe debe
emitirse específicamente para aclarar las dudas sobre las cuales finalmente se
nos consulta.