Opinión Jurídica : 020 - del 15/02/2017
OJ-020-2017
15 de febrero del 2017
Señora
Ericka Ugalde Camacho
Jefa de Área
Comisión Permanente de Gobierno y Administración
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Con la aprobación del señor Procurador
General de la República, nos es grato referirnos a su oficio N° CG-330-2016 del
13 de abril del 2016, en el cual se requiere el criterio de este Órgano Asesor
sobre el proyecto de ley denominado “Autorización
al Instituto Nacional de Seguros para la condonación de la deuda de la
Asociación Hogar de Ancianos San Buenaventura”, tramitado bajo el expediente legislativo N°
19.848.
El documento que a continuación se
expone constituye una opinión jurídica de la Procuraduría General de la
República, por lo que no resulta de acatamiento obligatorio para la Asamblea
Legislativa, por no ser Administración Pública.
Asimismo, el plazo de ocho días
otorgado para evacuar la consulta no es vinculante para esta Procuraduría, en
razón de no corresponder a ninguno de los supuestos del artículo 157 del
Reglamento de la Asamblea Legislativa (consulta al Tribunal Supremo de
Elecciones, la Universidad de Costa Rica, el Poder Judicial o una institución
autónoma).
I.
RESUMEN
DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDO A CONSULTA
En el Juzgado Contencioso Administrativo y
Civil de Hacienda se tramitó dentro del expediente N° 00-000717-0163-CA un
proceso ordinario interpuesto por David Mauricio Fonseca Solano, Elizabeth
Solano Brenes y Omar Fonseca Sojo en contra del Instituto Nacional de Seguros,
la Municipalidad de Turrialba, el Estado, Mario Tortós
Compañía Limitada, Mario Tortós Trejos y la
Asociación Hogar de Ancianos San Buenaventura.
Mediante sentencia firme el proceso fue declarado
parcialmente con lugar, condenando a los codemandados al pago solidario de
ambas costas, a los daños y perjuicios ocasionados, así como los intereses
generados sobre esas sumas.
Ahora bien, según se indica en la exposición
de motivos del proyecto, el Instituto Nacional de Seguros canceló la totalidad
de la deuda, y se subrogó el reintegro de la parte proporcional correspondiente
a cada accionado.
El proyecto de ley propone que se autorice
al Instituto Nacional de Seguros a condonar a la Asociación Hogar de Ancianos
San Buenaventura, en virtud de la función social que se afirma esta realiza,
del pago que le corresponde dentro de la obligación.
II.
MEDIANTE LEY N° 9410 SE
DISPUSO LA CONDONACIÓN DE LA DEUDA EN FAVOR DE LA ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS
SAN BUENAVENTURA
En el expediente legislativo N° 19.894 se
tramitó el proyecto de ley denominado “Autorización al Instituto Nacional de
Seguros para la condonación de la deuda de la Asociación Hogar de Ancianos San
Buenaventura”, cuya
exposición de motivos y texto del proyecto es idéntico a éste que ocupa nuestra
atención.
El proyecto fue aprobado y se convirtió en
la ley N° 9410 “Autoriza al Instituto
Nacional de Seguros (INS) para que condone la deuda de la Asociación Hogar de
Ancianos San Buenaventura” del 23 de noviembre del 2016, publicada en la
Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del 2016.
El texto de la ley dispone:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Se
autoriza al Instituto Nacional de Seguros (INS) para que, por medio de acuerdo
de su Junta Directiva y por una única vez, otorgue a la Asociación Hogar de
Ancianos San Buenaventura la condonación total del pago del principal, los
intereses, las costas procesales, personales, entre otros, que adeude dicha
Asociación al Instituto Nacional de Seguros.
Rige
a partir de su publicación”
(la negrita es del original).
En razón de lo anterior es evidente que el proyecto de
ley N° 19.848 carece de interés actual pues ya se dispuso la remisión que
perseguía. En ese orden, se recomienda a
los señores diputados ordenar su archivo.
CONCLUSIONES
En virtud de
que mediante ley N° 9410 se aprobó la autorización al Instituto Nacional de
Seguros para condonar la deuda de la Asociación Hogar de Ancianos San
Buenaventura, se recomienda respetuosamente ordenar el archivo del proyecto de ley
N° 19.848.
Atentamente,
MSc. Maureen
Medrano Brenes Lic. Edgar
Mauricio Valverde Segura
Procuradora Adjunta Abogado de
Procuraduría
MMB/EMVS/jlh
OJ-020-2017
AUTORIZACIÓN
AL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS PARA LA CONDONACIÓN DE LA DEUDA DE LA
ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENAVENTURA
La señora Ericka Ugalde
Camacho, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales, solicitó
en el oficio ° CG-330-2016 del 13 de abril del 2016 criterio sobre el proyecto
de ley denominado “Autorización al Instituto Nacional de
Seguros para la condonación de la deuda de la Asociación Hogar de Ancianos San
Buenaventura”,
tramitado bajo el expediente legislativo N° 19.848, en el cual se pretende autorizar al Instituto Nacional
de Seguros a condonar a la Asociación Hogar de Ancianos San Buenaventura, en
virtud de la función social que se afirma esta realiza, del pago de las costas
personales fijadas en su contra dentro del proceso judicial N°
00-000717-0163-CA.
La MSc. Maureen Medrano Brenes, Procuradora Adjunta, y el Lic. Edgar
Mauricio Valverde Segura, Abogado de Procuraduría, en su Opinión Jurídica N°
OJ-20-2017 del 15 de febrero del 2017 señalaron que en el expediente legislativo N° 19.894 se
tramitó el proyecto de ley denominado “Autorización al Instituto Nacional de
Seguros para la condonación de la deuda de la Asociación Hogar de Ancianos San
Buenaventura”, cuya
exposición de motivos y texto del proyecto es idéntico al sometido a consulta.
Adicionalmente indicaron que
ese proyecto fue aprobado y se convirtió en la ley N° 9410 “Autoriza al Instituto Nacional de Seguros
(INS) para que condone la deuda de la Asociación Hogar de Ancianos San
Buenaventura” del 23 de noviembre del 2016, publicada en la Gaceta N° 236
del 8 de diciembre del 2016, razón por la cual el proyecto de ley N° 19.848
carece de interés actual pues ya se dispuso la remisión que perseguía. En ese tanto, se recomendó su archivo.