Dictamen : 216 - del 25/06/2008
C-216-2008
25 de junio, 2008
Licenciada
Mardeluz Mena León
Auditora interna
Municipalidad de Buenos Aires
Estimada señora:
Con la aprobación de
“1.
¿Puede la Municipalidad de Buenos Aires, otorgar a una Asociación de Desarrollo
Específico Pro Mejoras de Tres Ríos de Volcán, materiales comprados por la
Municipalidad de Buenos Aires, con una Partida Específica para la Construcción
de un Salón Multiuso en esa comunidad, a sabiendas que dicha Asociación no
posee idoneidad para administrar fondos públicos?
2.
¿Es procedente que con dichos materiales, se construya el Salón Multiuso en
propiedad de la Asociación de Desarrollo Específica de Tres Ríos de Volcán?”
I.- IMPOSIBILIDAD DE EJERCER
En relación con la consulta planteada, el Órgano
Asesor es incompetente para emitir un dictamen, en vista de que estamos frente
a un asunto en el cual
“
En el caso que nos ocupa, se trata de un traspaso de
materiales comprados por la Municipalidad de Buenos Aires con una partida
específica a una entidad privada, lo que supone el uso de fondos públicos,
asunto propio de
III.- CONCLUSIÓN
En vista de que la materia consultada es propia de
Atentamente,
Dr. Fernando
Castillo Víquez
Procurador
Constitucional
FCV/mvc
Copia: Licenciada Rocío Aguilar
Montoya, contralora General de la República.
C-216-2008
FONDOS PÚBLICOS. COMPETENCIA PREVALENTE, EXCLUSIVA Y
EXCLUYENTE DE
Mediante oficio n.°
AI/MBA/65-2008 del 18 de mayo del 2008, recibido en
“1. ¿Puede
2. ¿Es procedente que con
dichos materiales, se construya el Salón Multiuso en propiedad de
Este despacho, en el dictamen
C-216-2008 de 25 de junio del 2008, suscrito por el Dr.
En vista de que la
materia consultada es propia de