Dictamen : 053 - del 22/02/2007
C-053-2007
22 de febrero de 2007
Señor
Fernando
Corrales Barrantes
Funcionario
Departamento
de Planes y Programas
Ministerio
de Educación Pública
S. O.
Estimado señor:
Con la aprobación de
Imposibilidad
de emitir el criterio requerido por incumplimiento de requisito de
admisibilidad de las consultas
De conformidad con
lo establecido en
En ese sentido, transcribimos los artículos citados:
“Artículo 1.- Naturaleza jurídica
“Artículo 3. Atribuciones
Son atribuciones de
b) Dar informe, dictámenes, pronunciamientos y
asesoramiento que, acerca de cuestiones jurídicas, le soliciten el Estado, los entes
descentralizados, los demás organismos públicos y las empresas estatales.
(...)”.
De la normativa transcrita, se desprende que
En virtud de lo expuesto, y con fundamento en los
artículos transcritos anteriormente, procedemos al rechazo de la gestión
planteada toda vez que acceder a lo requerido supondría exceder nuestras
competencias legales (ver, en igual sentido en punto a la denegatoria de
trámite de la consulta cuando el solicitante es una persona privada, los
siguientes dictámenes: C-154-2006 del 20 de abril de 2006, C-209-2006 del 23 de
mayo de 2006, C-284-2006 del 11 de julio de 2006, C-423-2006 del 23 de octubre
de 2006 y C-459-2006 del 14 de noviembre
de 2006).
Sin perjuicio de lo anterior, en
aras de proporcionar alguna colaboración, le recordamos que en Internet podrá
encontrar toda la jurisprudencia administrativa que ha emanado de esta Procuraduría
General. Para los efectos indicados,
puede remitirse a la siguiente dirección electrónica correspondiente al Sistema
Costarricense de Información Jurídica (SCIJ): www.pgr.go.cr/scij
Sin otro particular,
Iván Vincenti Rojas Gabriela
Arguedas Vargas
Procurador Administrativo Asistente Profesional Jurídico
IVR/GAV/mvc
C-053-2007
ADMISIBILIDAD DE CONSULTAS.
REQUISITOS. RECHAZO. GESTIONANTE NO FORMA PARTE DE
El Sr. Fernando Corrales Barrantes, Funcionario del Departamento de Planes y
Programas del Ministerio de Educación Pública, mediante nota de fecha 19 de
enero del 2007, consulta la naturaleza jurídica de
Este Despacho, mediante dictamen
C-053-2007 de fecha 22 de febrero del 2007, suscrito por Iván Vincenti Rojas, Procurador Administrativo y Gabriela Arguedas Vargas, Asistente Profesional Jurídico, concluyen:
De la normativa transcrita, se desprende que
En
virtud de lo expuesto, y con fundamento en los artículos transcritos
anteriormente, procedemos al rechazo de la gestión planteada toda vez que
acceder a lo requerido supondría exceder nuestras competencias legales (ver, en
igual sentido en punto a la denegatoria de trámite de la consulta cuando el
solicitante es una persona privada, los siguientes dictámenes: C-154-2006 del
20 de abril de 2006, C-209-2006 del 23 de mayo de 2006, C-284-2006 del 11 de
julio de 2006, C-423-2006 del 23 de octubre de 2006 y C-459-2006 del 14 de noviembre de 2006).